Micelio
Auto23 de noviembre de 2010

A- de 2010

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Eudoro Echeverri Quintana Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica
  • Etapa procesal posterior a la admisión y rechazo de las demandas de inconstitucionalidad
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Rechazo de plano por falta de competencia al pretender la inexequibilidad de la Constitución
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de Súplica interpuesto contra el auto de rechazo de fecha 6 de octubre de 2010, dictado por el Magistrado Nilson Pinilla Pinilla, en cuanto los demandantes solicitaron la declaratoria de inexequibilidad de un artículo del a Carta Política, cuya naturaleza impedía pronunciarse sobre su constitucionalidad.

La Sala Plena constata que la Corte es manifiestamente incompetente para pronunciarse sobre la norma acusada en la demanda y en tal medida desestima el recurso interpuesto, procediendo a confirmar el auto recurrido.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR en todas sus partes el Auto del 6 de octubre de 2010, proferido por el despacho del Magistrado ponente en el proceso D-8279, doctor Nilson Pinilla Pinilla, mediante el cual se rechazo la demanda presentada por los ciudadanos Eudoro Echeverri Quintana, Juliana Diaz Ramirez y Sebastian Arias Hoyos, en contra del inciso 2 del articulo 91 de la Constitucion Politica.
  2. Segundo. ARCHIVESE el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.